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Legislación de la Comunidad de Madrid en Ventanas para las viviendas protegidas

Imagen de la noticia Legislación de la Comunidad de Madrid en Ventanas para las viviendas protegidas | Ibarra Ventanas

Publicado: Viernes, 4 de agosto de 2017

En Ibarra Ventanas como empresa autorizada por la Comunidad de Madrid, también ejecutamos proyectos que están dentro de la protección pública.

Hoy queremos enseñar los estándares de calidad y las normas en las que nos basamos para el control de la instalación en este tipo de proyectos según el Reglamento técnico de calidad de las Viviendas con Protección Pública del 18 de abril de 1997, el que se encarga de controlar la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.

Para los cerramientos exteriores y la carpintería exterior de las viviendas se aplica la siguiente normativa por puntos: 

1- Las ventanas, ventanales y puertas exteriores quedarán caracterizadas por su función como cerramiento, que asegure un adecuado aislamiento acústico a ruido aéreo o higrotérmico permitiendo además, la iluminación, evasión visual y ventilación. 

2- Las soluciones constructivas tendrán la adecuada estanquidad al aire, al agua de lluvia o nieve, tanto en el elemento en sí como en las uniones o juntas con las fábricas de cerramiento. 

3- La carpintería dispondrá, cuando pueda producirse, de recogida y evacuación del agua de condensación, de modo que ésta no cause deterioros en el interior de la carpintería o en la cara interior de la ventana. Tendrán la adecuada resistencia e indeformabilidad frente a la acción del viento o su propio peso. Igualmente deberán prever la ausencia de sobrepresiones o succiones en el marco que dificulte su uso o facilite la infiltración. 

4- Se asegurará el funcionamiento correcto de los elementos móviles mediante los herrajes de colgar y de seguridad adecuados. 

5- Los materiales de las carpinterías estarán protegidos de la agresión ambiental. No existirá incompatibilidad de los materiales empleados entre sí ni con los materiales de los cerramientos en las que se anclen. 

6- Las soluciones de carpintería tendrán resuelto que en sus diferentes formas de uso, no reduce la seguridad de las actividades que se prevea realizar en los espacios colindantes con sus caras. 

7- Estará prevista la posibilidad de limpieza y reparación de los acristalamientos desde el interior sin representar riesgo para las personas. 

8- Se cumplirán las condiciones contenidas en las Normas Básicas de la Edificación NBE-CA-88, sobre «Condiciones Acústicas en los edificios», y NBE-CT-79, sobre «Condiciones Térmicas en los edificios», aplicables de forma que la carpintería exterior tenga, una permeabilidad clase A2 o superior.

En Ibarra Ventanas ofrecemos las mejores soluciones adaptadas a tu proyecto de vivienda de protección oficial en Madrid.

Trabajamos con los mejores proveedores. Contacta con nosotros en nuestro correo electrónico blasco@ibarraventanas.com o llámenos a alguno de  nuestros teléfonos 914799392  y  914637312, o escríbenos a través de Facebook.

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